06 | 05 | 2019

Cuando hay una compra a distancia de cualquier producto, el consumidor debe tener la posibilidad de probar e inspeccionar si las características de este son las que habían sido contratados, ya que, el consumidor no ha tenido la posibilidad de ver el producto antes de obtenerlo. De este modo, si el producto no cumple con las expectativas planteadas, el consumidor debe poder deshacer el contrato y poder devolver la compra a cambio de la devolución del dinero. Todo esto lo incluimos en un período de reflexión de 14 días naturales en el que actúa el derecho de desistimiento, es decir, durante estos días el consumidor tiene el derecho de cancelar el contrato como si no hubiera existido sin tener que justificar nada al vendedor.

Sin embargo, hay ciertos productos que por su naturaleza o características pueden excluir este desistimiento. Uno de estos casos serían los productos embalados para la salud o la seguridad que se han desembalado. Dentro de estos se consideró que estaban los colchones, porque al tener contacto con el cuerpo del comprador era un producto no adecuado para ser devuelto.

A partir de ahora y gracias a una sentencia del TJUE, los colchones ya no serán una excepción al derecho de desistimiento, ya que se especifica que sólo lo sería si el producto desembalado cuando una vez devuelto no pudiera venderse a otro consumidor. Este no es el caso, ya que, según la sentencia, es necesario asimilar los colchones a la ropa que el consumidor puede intentar devolver cuando ve que no le está bien y también la situación de los hoteles, en los que los colchones son utilizados una y otra vez por diferentes personas gracias a la limpieza que se aprovisiona. Como ninguno de estos casos amenazan la seguridad o la salud ni impiden la comercialización posterior, se entiende que si compramos a distancia un colchón y lo desembalamos tendremos el derecho de desistimiento sin operar ninguna excepción.

Esta sentencia implica una lanza a favor de los derechos de los consumidores que, hasta ahora, en muchos casos debido a las ventas a domicilio no solicitadas, se han encontrado con la negativa de devolución de colchones no deseados. Por lo tanto, si a partir de esta resolución del TJUE nos encontramos en esta situación, debemos reclamar que sí tenemos derecho a desistir del contrato.

Documentos adjuntos
colchones.pdf167.69 KB